miércoles, 30 de marzo de 2011

YA NO SOMOS ZONA 30

EL DOMINIO DE LA CUENTA EMIGRA Y SIGUE CON NUEVOS RETOS

Ante el cambio de inspectora de la zona escolar 30, este blog deja de ser portavoz de la misma y amplía sus horizontes en la educación de los alumnos de secundarias generales y particulares, al incluir la pluma y voz de padres de familia, alumnos y profesores del nivel de secundaria.

La misión es es la misma: Educar.

La visión cambia: según el punto de vista del escritor.

Aquí se cierra un ciclo y comienza uno nuevo. Con ánimos de renovación y con voces múltiples involucradas en el quehacer educativo.

Gracias a todos los que se interesan en las publicaciones y los invitamos a seguir participando de manera activa con sus aportaciones.

Reciban nuestro reconocimiento y apoyo la ONG de "El Poder del Consumidor" por su aportación valiosa a la educación de los alumnos, profesores y directivos.

¡Bienvenidos al nuevo reto!

miércoles, 2 de marzo de 2011

PROHIBIRÁ SECRETARIO DE SALUD, PUBLICIDAD DE CHATARRA EN TV DURANTE HORARIO INFANTIL

PROMESA CON MIRA A ELECCIÓN PRESIDENCIAL DEL 2012
Jbc

El Secretario de Salud, dijo al periódico "El Universal" que prohibirá la publicidad en la TV y medios electrónicos, de los productos "chatarra".

Es bienvenida la declaración del encargado de la salud de México, pero también sabemos que los políticos no siempre dicen la verdad, y sus declaraciones las hacen según los tiempos de la agenda política y no olvidemos que los tiempos del reloj político, apuntan a las elecciones del 2012.

Ojalá y nos apoyen a los encargados de la educación.

aquí la nota

sábado, 19 de febrero de 2011

GUÍA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS EN LAS ESCUELAS

EN LA PÁGINA WEB DE LA SECRECRETARÍA DE SALUD
Ris

Las escuelas pueden consultar la página virtual de la SS aquí

La guía es actualizada diariamente, pero les recomendamos que consulten el "Anexo Único" de "Los Lineamientos generales para el expendio de alimentos y bebidas en los establecimientos de educación básica"

Aunque sabemos los profesores que dichos Lineamientos no están a la altura que requiere el país, debido a la epidemia de obesidad y sobrepeso que priva en los menores de edad, es nuestro deber informar a los padres de familia y al público en general, que para evitar este grave problema de salud, está en tomar acciones desde la casa, como prepararle un saludable desayuno a los niños en casa y enviarlos a la escuela con una colación o desayuno balanceado que le permita desarrollar sus actividades escolares; además de no darles dinero para que consuman la mini chatarra en la cooperativa escolar, aprobada por la Secretaría encargada de la salud de los niños de México.

Los Profesores estamos en conocimiento que muchos de los padres trabajan todo el día y es más fácil darle al hijo dinero para que desayune en la escuela, y a ellos debemos decirles que deben procurar la salud de sus hijos, ya que está comprobado en investigaciones serias publicadas en este blog, que los niños que están habituados a consumir productos alimenticios con aditivos y edulcorantes, son propensos a padecer TDA (Transtorno de Déficit de Atención), hiperactividad, diabetes melitus II, hipertensión y otros padecimientos crónico degenerativos; lo que deriva en un bajo rendimiento escolar y desde luego en muerte prematura o hasta en sucidios.

lunes, 7 de febrero de 2011

RECOMENDACIONES PARA COMBINAR LOS ALIMENTOS Y BEBIDAS EN REFRIGERIOS ESCOLARES

SEGÚN EL ANEXO ÚNICO DE LOS LINEAMIENTOS DEL DOF DEL 23 DE AGOSTO DE 2010
ZonaEs30
Ris

Ante la entrada en vigencia desde el 1 de enero de 2011, los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica, las escuelas están en la incertidumbre de lo que sí se debe y no vender, en las cooperativas o tiendas escolares.

Por ello la zona escolar les facilita saber, que en el contenido 3.2. del anexo único de los lineamientos en mención dice:

Las combinaciones tienen su fundamento en el Plato del Bien Comer y sugieren incluir diariamente una o más porciones de frutas o verduras, agua simple a libre demanda y una porción de alimentos que cumplan con los criterios establecidos.

En el Diario Oficial de la Federación, publicado el lunes 23 de agosto de 2010, el Anexo único de los Lineamientos refiere que:

"Podrá incluirse en el refrigerio una porción de leche semidescremada, yugurt (sólido o bebible), alimentos lácteos fermentados, jugos de fruta, verdura o néctares de preferencia libres de edulcorantes no calóricos (preferentemente dos veces por semana). Cuando este alimento se consuma, deberá sustituirse por la porción de preparaciones de alimentos de ese día, evitando así rebasar el contenido energético del refrigerio.

Las botanas, galletas, pastelillos, confites y postres siempre y cuando cumplan con las características indicadas en el presente anexo, podrán incluirse una vez a la semana, en sustitución de una preparación de alimentos, para así no rebasar el contenido energético diario del refrigerio."

Es claro que los lácteos fermentados, jugos de fruta, verduras o néctares deben ser preferentemente libres de edulcorantes no calóricos y su venta dos veces por semana; y cuando esto ocurra, serán en sustituto por la porción de alimentos que rebasen el contenido energético de ése día, es decir, 382 (Kcal) al día durante el refrigerio escolar, para un alumno de secundaria.

Más adelante, en el subtema 3.3.1. dice que las Frutas y Verduras "Deben ser parte esencial del refrigerio escolar, junto con las preparaciones de alimentos." y "el consumo de verduras, no debe limitarse."

Sabemos que los prestadores de servicio, dicen que la fruta y verdura no la compran los alumnos, más sin embargo, les expresamos a ustedes que estamos empezando a trabajar los hábitos alimenticios saludables y es natural que pidan los alimentos de antes, cambiar los hábitos no es tarea fácil.

También sabemos que hay escolares que introducen al plantel alimentos o bebidas prohibidos en los lineamientos, pero es responsabilidad de los padres de familia, y las restricciones aplican sólo para la venta y expendio en el plantel escolar.

Ningún interés de cualquier índole, debe estar por encima de la salud de los niños en las escuelas.